Respuesta corta
La Ley 7547/2025 permite que una empresa domiciliada en Paraguay produzca bienes o servicios para una empresa del exterior mediante un programa de maquila aprobado. El tributo único es del 1 % sobre el valor agregado nacional o la factura de exportación, el que sea mayor. La solicitud se tramita por SIMEX en la Ventanilla Única de Exportación y requiere datos de ambas empresas, del proceso y de la inversión. Fuentes oficiales consultadas el 26 de septiembre de 2026.
Comprobar si la operación encaja en el régimen
La Ley 7547/2025 cubre bienes transformados o ensamblados para reexportación y servicios aprovechados en el exterior. Pueden solicitarlo personas jurídicas y empresas unipersonales domiciliadas en Paraguay y habilitadas para comerciar; se necesita una relación contractual con una empresa domiciliada fuera del país. La guía oficial de solicitud distingue maquila de bienes, de servicios y submaquila. Una empresa que solo vende en Paraguay debe estudiar otro régimen.
Calcular el tributo sobre la base correcta
El artículo 37 fija un tributo único del 1 % sobre el valor agregado en Paraguay o el valor de la factura de exportación, tomando el mayor. El valor agregado incluye compras y servicios locales, remuneraciones y aportes, depreciación y pago por el servicio de maquila. El artículo 38 prevé exenciones nacionales para la actividad del programa aprobado; las rentas de otras actividades siguen su tributación propia. Pide a un contador que modele ambas bases y las obligaciones de declaración de tu caso.
Preparar el programa y los documentos
Registra primero la empresa en la Ventanilla Única de Exportación; la solicitud se gestiona en SIMEX. La Resolución SE-CNIME 14/2026 pide RUC vigente, identidad y representación, datos de la empresa extranjera, contrato o carta de intención, proceso, empleo, inversión y proyección de exportaciones. Su anexo II enumera además documentos fiscales, sociales y ambientales según el caso. La resolución aclara que contratar a un consultor externo para presentar el programa no es obligatorio.
Esperar la aprobación y separar las ventas locales
El CNIME evalúa el programa y la aprobación se formaliza por resolución de los ministerios de Industria y Comercio y de Economía y Finanzas. El MIC indica que el trámite administrativo es gratuito; confirma el calendario de tu expediente antes de comprometer un contrato. La modalidad por capacidad ociosa admite ventas locales, sujetas a los tributos y trámites locales correspondientes. La aprobación para exportar no cubre automáticamente una venta en Paraguay.